Los Comités Seccionales de Género de la Rama Judicial, entre los que se cuenta el de la Seccional Cúcuta, al igual que el Comité Nacional de Género, tienen su creación legal a partir de los Acuerdos, 4552 de 2008, 9743 de 2012 y PCSJA17-10661 de 2017, que fueron emitidos por la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura en desarrollo de los principios y valores constitucionales, para garantizar la igualdad y la no discriminación ante la Ley y en la práctica, y en armónica consonancia con los compromisos adquiridos por el Estado colombiano en el marco internacional, dando así aplicación a principios consagrados en diversos instrumentos, tales como, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre Pueblos Indígenas y Tribales No. 169 de la OIT, la Convención Internacional sobre Protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares de la Asamblea General de Naciones Unidas, la Declaración de los derechos de las personas pertenecientes a Minorías nacionales, étnicas, religiosas y de idioma, la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, de Belén Do Para, la Convención Interamericana sobre el tráfico internacional de menores, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, Resolución 2600 sobre Derechos Humanos, orientación sexual e identidad de género, entre otros.
De acuerdo con lo reglamentado en los referidos Acuerdos, el Comité de Género de la Seccional está integrado por una magistrada del Tribunal Superior de Cúcuta, un magistrado del Tribunal Administrativo de Norte de Santander, un magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura, un magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria Seccional y dos (2) jueces del Distrito Judicial -uno (1) por la jurisdicción ordinaria y uno (1) por la jurisdicción contenciosa administrativa-, en tanto que la secretaría técnica es desempeñada por la Directora Seccional de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.
Al tenor del citado cuerpo legal emanado del Consejo Superior de la Judicatura, el Comité Seccional de Género tiene como misión aplicar y velar en el Distrito Judicial de Cúcuta, por el cumplimiento de los lineamientos diseñados y dispuestos por la Comisión Nacional de Género de la Rama Judicial, en aras de impulsar el desarrollo de la política de igualdad y no discriminación con enfoque diferencial y de género, política ésta que comprende los siguientes derroteros:
Rama Judicial (Norte de Santander)
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA
comitegeneronsa@cendoj.ramajudicial.gov.co
“Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la no discriminación por razones de género en las decisiones judiciales, en el servicio público de la administración de justicia, y en el funcionamiento interno de la Rama Judicial” |
“Integrar a la misión, la visión y los objetivos institucionales así como a los procesos de planificación estratégica y los planes anuales operativos, la perspectiva de género y el principio igualdad y no discriminación” |
“Implementar estrategias, mecanismos y acciones con el fin de eliminar las desigualdades existentes entre servidores y las servidoras judiciales.” (Art. 1 del Ado PSAA12-9743 de Octubre 30 de 2012, modificatorio del Art. 1 del Ado PSAA08-4552 de 2008) |
MARTHA HELENA BERMUDEZ VARGAS
Relatora Tribunal Superior de Cúcuta
SHIRLEY MAYERLY BARRETO MOGOLLON
Jueza Novena Civil Municipal del Circuito de Cúcuta
NIDIAM BELEN QUINTERO GELVES
Magistrada Sala Laboral Tribunal Superior de Cúcuta
BRENDA YESENIA GUTIERREZ LAGUADO
Secretaria General Dirección Seccional de Administración Judicial de Cúcuta