ACTOS DE
INVESTIGACIÓN

MOPA 01

Audiencia de control posterior a registro y allanamiento

Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training

MOPA 01

Audiencia de control posterior a registro y allanamiento

GUÍA EXPLICATIVA

El propósito de esta herramienta es suministrar a los sujetos procesales un medio eficaz de comunicación que les permita conocer y reducir la controversia en relación con: a) los motivos fundados para expedir la orden; b) el trámite del procedimiento de registro y allanamiento, y c) los resultados y evidencia obtenidos.

Para cumplir tales objetivos, usted puede aplicar las siguientes estrategias, sin que sea obligatorio el uso de todas; escoja las que evalúe más convenientes a la situación particular.

1ra ESTRATEGIA

Si bien mantener la reserva de la información obtenida en la investigación es un capital importante en el curso de las averiguaciones, una vez elevada una petición de audiencia, resulta innecesario tal resguardo en relación con el material que se usará de sustento, pues uno de los pasos obligados en la diligencia será develar esas evidencias. Por lo tanto, constituye un importante ahorro de tiempo facilitar su acceso antes de la respectiva sesión a todas las partes que acudirán, paso que además permitirá abrir canales de comunicación con la contraparte con miras a pactos y acuerdos.

De esta forma, se facilita a la defensa el acceso a la orden de allanamiento y registro, al acta de allanamiento y registro, al informe del cumplimiento de dicho procedimiento y a las actas de incautación (si las hubiere); todo lo que materializa las intenciones de conocimiento y comunicación en doble vía, porque a su vez, la fiscalía conocerá de manera concreta y sucinta previo a la audiencia, las razones y los elementos que sustentan el (eventual) desacuerdo de la defensa frente a uno o varios de los temas expuestos en la herramienta, los que serían objeto de discusión en audiencia.

Pero, ¿cómo facilitar el acceso a este material?

Modo personal: entrega en mano de la copia física o digital del material, ejercicio que permite desarrollar el diálogo directo y así la posibilidad de abordar eventuales acuerdos.

Modo virtual: envío de la copia digital del material a través de correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

Recuerde que hoy en día existen muchas formas fáciles y económicas de escanear, entre ellas, aplicaciones en teléfonos, por lo tanto, el envío de estas piezas puede efectuarse sin limitaciones de tiempo o lugar.

No olvide confirmar la recepción del material, tenga en cuenta que usted es el interesado en que su petición ante el juez sea aceptada y ello requiere que su contraparte conozca las evidencias que se presentarán de sustento.

2da ESTRATEGIA

Sin duda, descubrir la evidencia resulta un paso importantísimo para construir el diálogo que motive a centrar la controversia. Sin embargo, su efectividad depende de su comprensión, por eso, es recomendable que el material que se facilite esté organizado, debidamente rotulado para diferenciar las piezas e incluso resaltado para distinguir los datos esenciales.

Este procedimiento además le facilitará su exhibición en audiencia.

3ra ESTRATEGIA

La experiencia demuestra que solo un pequeño porcentaje de los temas que se pueden debatir en esta audiencia son realmente discutidos. Sin embargo, el desconocer en qué asuntos su contraparte centrará las críticas motiva la presentación de largas e intrincadas disertaciones de sustento.

Si usted genera un espacio previo a la audiencia para dialogar con su contraparte, tendrá la oportunidad de preguntarle sobre los aspectos en que esta tenga interés y, por ende, de aquellos aspectos en los que no hay necesidad de plantear controversias sustanciales, sobre los que puede generar un “acuerdo de caballeros” y presentarlo ante el juez, solicitando así que se centre en los aspectos que realmente interesa a las partes.

Pero, ¿cómo establecer una comunicación organizada y concisa?

El cuadro guía que se anexa al final de este modelo le permitirá plantear una propuesta de diálogo para establecer en qué temas hay interés de discutir y en cuáles no, también dicho formato le servirá de nota para efectuar la respectiva explicación al juez sobre los aspectos que las partes señalan sin intención de controvertir. Para esto, basta reunirse personalmente con su contraparte y revisar los temas del cuadro guía, o en su defecto, remitirlos por correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

No olvide que este pacto no constituye un contrato. Sin embargo, la buena fe y el buen nombre que se comprometen sustentan su efectividad.

Tampoco se plantea imponer al juez el acuerdo de las partes, sino presentarle la información del caso con precisión de los aspectos que no son objeto de controversia y así poder enfocarse en los que sí, para que el operador jurídico evalúe si los acoge.

4ta ESTRATEGIA

Es muy importante, para mantener vigente la comunicación, atender todas las preguntas, dudas o manifestaciones de la contraparte; hacerlo permite convencer al solicitante de la fuerza de su petición o, en ocasiones, advertirle a usted de las debilidades que pueda tener el caso.

5ta ESTRATEGIA

Las propuestas de esta herramienta son apenas el punto de partida de una novedosa forma de asumir el trámite procesal. En la práctica, muchos de los que han fungido en los diversos roles del sistema han desarrollado otras estrategias útiles para reducir la controversia, o facilitar la comunicación; experiencia importantísima que vale la pena dar a conocer. Por eso, a través de la versión digital de este documento se pueden compartir tales ideas, basta usar el código QR que se encuentra al final de este MOPA y registrar la información. Allí se podrán encontrar tales aportes y las versiones actualizadas, dado que este texto seguirá progresivamente en construcción.

EJEMPLO DE PRESENTACIÓN DEL
MODELO EN AUDIENCIA

El fiscal 1.° delegado efectúa la siguiente presentación en audiencia:

FISCAL: su señoría, la fiscalía solicita que se efectúe control de legalidad tanto a la orden como al procedimiento de registro y allanamiento realizado en el inmueble ubicado en la avenida 8 N.° 8-32 barrio Centro de esta ciudad el día 23 de julio de 2018 a las 08:00 a.m.

La orden de registro y allanamiento fue emitida por la Fiscalía 1.a  Delegada dentro de la investigación radicada bajo el número 540016001134201821345, que se adelanta al señor Juan Carlos Contreras por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y respecto del inmueble ubicado en la dirección ya anunciada, el cual corresponde a la casa de habitación del indiciado. La orden de allanamiento se emitió con la finalidad de hacer efectiva la captura del señor Juan Carlos Contreras, numerada bajo el registro 987 emitida por el Juzgado 1.° Penal Municipal con Función de Control de Garantías el día 1 de julio de 2018.

Debo informar a su señoría que la defensa, a cargo del doctor Antonio Huertas, ya tiene conocimiento del material con el que se sustenta la solicitud, el cual corresponde a: informe sobre la plena identificación del indiciado en donde se estableció su lugar de residencia, la copia de la orden de captura N.° 987, el acta de registro y allanamiento que fue atendida por el señor Juan Carlos Contreras, el acta de incautación de dos (2) armas de fuego tipo revólver calibre 38, hallados en una alacena de madera en la cocina de la vivienda, el informe de captura para casos de captura en flagrancia, las entrevistas recibidas a los captores Jorge Arenas y Juan Bueno, el informe balístico en donde se concluye que las armas incautadas corresponden a dos revólveres calibre 38 aptos para disparar, la constancia de consulta al CINAR, a través de la cual se certificó que el señor Juan Carlos Contreras no posee permiso para portar armas.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta esa información?, ¿tuvo usted conocimiento de ese material?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, corra traslado al estrado del material probatorio y continúe con su intervención.

FISCAL: de igual forma, es pertinente señalar que, previa conversación con el doctor Antonio Huertas, este indicó que no tenía interés en discutir sobre la existencia de la orden, la etapa procesal de la investigación, las conductas ilícitas investigadas y las personas involucradas, sobre la finalidad de la diligencia y sobre el lugar objeto del registro y allanamiento, sobre la proporcionalidad de la medida ordenada para hacer efectiva la captura del indiciado, ni sobre la línea de tiempo; pero adujo que presentaría oposición sobre el procedimiento desplegado, concretamente en lo que concierne a los bienes incautados y su correspondencia con la finalidad de la orden.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta la información proporcionada por el fiscal delegado?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, proceda a sustentar su posición frente al tema en controversia y luego se le concederá la palabra a la defensa en el mismo sentido.

FISCAL: (desarrolla su posición).

DEFENSOR: (desarrolla su posición).

JUEZ: bajo el entendido que (en virtud del artículo 10 de la Ley 906 de 2004) las partes pueden renunciar a la controversia, se dan por sustentados los temas sobre los que se renunció a la discusión porque, tras revisar el material de sustento, el estrado tampoco observa inconveniente al respecto, por lo tanto, se procede a tomar decisión en el asunto…

ZONA DE DESCARGAS

Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training - OPDAT COLOMBIA

Descargue MOPA COMPLETA

Descargue el texto completo del Modelo Operativo descrito en esta sección web
DESCARGUE
Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training - OPDAT COLOMBIA

Descargue CUADRO GUÍA

Descargue solo el cuadro guía del Modelo Operativo descrito en esta sección web
DESCARGUE

En alianza con . . .

TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA

El propósito de esta herramienta es suministrar a los sujetos procesales un medio eficaz de comunicación que les permita conocer y reducir la controversia en relación con: a) los motivos fundados para expedir la orden; b) el trámite del procedimiento de registro y allanamiento, y c) los resultados y evidencia obtenidos.

Para cumplir tales objetivos, usted puede aplicar las siguientes estrategias, sin que sea obligatorio el uso de todas; escoja las que evalúe más convenientes a la situación particular.

ESTRATEGIAS

Si bien mantener la reserva de la información obtenida en la investigación es un capital importante en el curso de las averiguaciones, una vez elevada una petición de audiencia, resulta innecesario tal resguardo en relación con el material que se usará de sustento, pues uno de los pasos obligados en la diligencia será develar esas evidencias. Por lo tanto, constituye un importante ahorro de tiempo facilitar su acceso antes de la respectiva sesión a todas las partes que acudirán, paso que además permitirá abrir canales de comunicación con la contraparte con miras a pactos y acuerdos.

De esta forma, se facilita a la defensa el acceso a la orden de allanamiento y registro, al acta de allanamiento y registro, al informe del cumplimiento de dicho procedimiento y a las actas de incautación (si las hubiere); todo lo que materializa las intenciones de conocimiento y comunicación en doble vía, porque a su vez, la fiscalía conocerá de manera concreta y sucinta previo a la audiencia, las razones y los elementos que sustentan el (eventual) desacuerdo de la defensa frente a uno o varios de los temas expuestos en la herramienta, los que serían objeto de discusión en audiencia.

Pero, ¿cómo facilitar el acceso a este material?

Modo personal: entrega en mano de la copia física o digital del material, ejercicio que permite desarrollar el diálogo directo y así la posibilidad de abordar eventuales acuerdos.

Modo virtual: envío de la copia digital del material a través de correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

Recuerde que hoy en día existen muchas formas fáciles y económicas de escanear, entre ellas, aplicaciones en teléfonos, por lo tanto, el envío de estas piezas puede efectuarse sin limitaciones de tiempo o lugar.

No olvide confirmar la recepción del material, tenga en cuenta que usted es el interesado en que su petición ante el juez sea aceptada y ello requiere que su contraparte conozca las evidencias que se presentarán de sustento.

Sin duda, descubrir la evidencia resulta un paso importantísimo para construir el diálogo que motive a centrar la controversia. Sin embargo, su efectividad depende de su comprensión, por eso, es recomendable que el material que se facilite esté organizado, debidamente rotulado para diferenciar las piezas e incluso resaltado para distinguir los datos esenciales.

Este procedimiento además le facilitará su exhibición en audiencia.

La experiencia demuestra que solo un pequeño porcentaje de los temas que se pueden debatir en esta audiencia son realmente discutidos. Sin embargo, el desconocer en qué asuntos su contraparte centrará las críticas motiva la presentación de largas e intrincadas disertaciones de sustento.

Si usted genera un espacio previo a la audiencia para dialogar con su contraparte, tendrá la oportunidad de preguntarle sobre los aspectos en que esta tenga interés y, por ende, de aquellos aspectos en los que no hay necesidad de plantear controversias sustanciales, sobre los que puede generar un “acuerdo de caballeros” y presentarlo ante el juez, solicitando así que se centre en los aspectos que realmente interesa a las partes.

Pero, ¿cómo establecer una comunicación organizada y concisa?

El cuadro guía que se anexa al final de este modelo le permitirá plantear una propuesta de diálogo para establecer en qué temas hay interés de discutir y en cuáles no, también dicho formato le servirá de nota para efectuar la respectiva explicación al juez sobre los aspectos que las partes señalan sin intención de controvertir. Para esto, basta reunirse personalmente con su contraparte y revisar los temas del cuadro guía, o en su defecto, remitirlos por correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

No olvide que este pacto no constituye un contrato. Sin embargo, la buena fe y el buen nombre que se comprometen sustentan su efectividad.

Tampoco se plantea imponer al juez el acuerdo de las partes, sino presentarle la información del caso con precisión de los aspectos que no son objeto de controversia y así poder enfocarse en los que sí, para que el operador jurídico evalúe si los acoge.

Es muy importante, para mantener vigente la comunicación, atender todas las preguntas, dudas o manifestaciones de la contraparte; hacerlo permite convencer al solicitante de la fuerza de su petición o, en ocasiones, advertirle a usted de las debilidades que pueda tener el caso.

Las propuestas de esta herramienta son apenas el punto de partida de una novedosa forma de asumir el trámite procesal. En la práctica, muchos de los que han fungido en los diversos roles del sistema han desarrollado otras estrategias útiles para reducir la controversia, o facilitar la comunicación; experiencia importantísima que vale la pena dar a conocer. Por eso, a través de la versión digital de este documento se pueden compartir tales ideas, basta usar el código QR que se encuentra al final de este MOPA y registrar la información. Allí se podrán encontrar tales aportes y las versiones actualizadas, dado que este texto seguirá progresivamente en construcción.

EJEMPLO DEL MODELO

El fiscal 1.° delegado efectúa la siguiente presentación en audiencia:

FISCAL: su señoría, la fiscalía solicita que se efectúe control de legalidad tanto a la orden como al procedimiento de registro y allanamiento realizado en el inmueble ubicado en la avenida 8 N.° 8-32 barrio Centro de esta ciudad el día 23 de julio de 2018 a las 08:00 a.m.

La orden de registro y allanamiento fue emitida por la Fiscalía 1.a  Delegada dentro de la investigación radicada bajo el número 540016001134201821345, que se adelanta al señor Juan Carlos Contreras por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y respecto del inmueble ubicado en la dirección ya anunciada, el cual corresponde a la casa de habitación del indiciado. La orden de allanamiento se emitió con la finalidad de hacer efectiva la captura del señor Juan Carlos Contreras, numerada bajo el registro 987 emitida por el Juzgado 1.° Penal Municipal con Función de Control de Garantías el día 1 de julio de 2018.

Debo informar a su señoría que la defensa, a cargo del doctor Antonio Huertas, ya tiene conocimiento del material con el que se sustenta la solicitud, el cual corresponde a: informe sobre la plena identificación del indiciado en donde se estableció su lugar de residencia, la copia de la orden de captura N.° 987, el acta de registro y allanamiento que fue atendida por el señor Juan Carlos Contreras, el acta de incautación de dos (2) armas de fuego tipo revólver calibre 38, hallados en una alacena de madera en la cocina de la vivienda, el informe de captura para casos de captura en flagrancia, las entrevistas recibidas a los captores Jorge Arenas y Juan Bueno, el informe balístico en donde se concluye que las armas incautadas corresponden a dos revólveres calibre 38 aptos para disparar, la constancia de consulta al CINAR, a través de la cual se certificó que el señor Juan Carlos Contreras no posee permiso para portar armas.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta esa información?, ¿tuvo usted conocimiento de ese material?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, corra traslado al estrado del material probatorio y continúe con su intervención.

FISCAL: de igual forma, es pertinente señalar que, previa conversación con el doctor Antonio Huertas, este indicó que no tenía interés en discutir sobre la existencia de la orden, la etapa procesal de la investigación, las conductas ilícitas investigadas y las personas involucradas, sobre la finalidad de la diligencia y sobre el lugar objeto del registro y allanamiento, sobre la proporcionalidad de la medida ordenada para hacer efectiva la captura del indiciado, ni sobre la línea de tiempo; pero adujo que presentaría oposición sobre el procedimiento desplegado, concretamente en lo que concierne a los bienes incautados y su correspondencia con la finalidad de la orden.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta la información proporcionada por el fiscal delegado?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, proceda a sustentar su posición frente al tema en controversia y luego se le concederá la palabra a la defensa en el mismo sentido.

FISCAL: (desarrolla su posición).

DEFENSOR: (desarrolla su posición).

JUEZ: bajo el entendido que (en virtud del artículo 10 de la Ley 906 de 2004) las partes pueden renunciar a la controversia, se dan por sustentados los temas sobre los que se renunció a la discusión porque, tras revisar el material de sustento, el estrado tampoco observa inconveniente al respecto, por lo tanto, se procede a tomar decisión en el asunto…

En alianza con . . .

TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA