Modelos Operativos de Preparación de Audiencias - MOPAS -

2da Edición

Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training

MOPAs

Modelos Operativos de Preparación de Audiencias

2da EDICIÓN

INTRODUCCIÓN

Una de las características más acentuada del Sistema Penal Acusatorio es su corte adversarial. No obstante, en nuestro medio, quizás por la fuerza de la tradición, se ha abordado su estudio desde la idea de la confrontación; concepto asociado a contraparte, a opositor y a enemigo, dejando de lado el fértil espacio de visualizar el sistema procesal como escenario propicio para plantear soluciones por vía de acuerdos.

Aunque la negociación suele parecer un ámbito ajeno al derecho penal, la construcción consensuada del proceso penal es tal vez el mecanismo más democrático, equitativo y económico de administrar justicia, de esto es muestra indiscutible la figura del preacuerdo.

No obstante, los pactos posibles en el área penal no se limitan a la admisión de responsabilidad, pues el abanico de acuerdos es posible extenderlo a todo tipo de audiencias, a todo tipo de peticiones y a todo tipo de controversias.

A diario se observan en las salas de audiencias alternativas prácticas para evitar (o renunciar) a las discusiones innecesarias y atender de fondo los reales problemas que interesan a las partes. Posición que no hace más que materializar la máxima de renunciar a lo formal para atender a lo sustancial.

En esa perspectiva, los Modelos Operativos de Preparación de Audiencias —MOPAS— constituyen una propuesta sobre el cómo hacer mejores audiencias, en las que se economicen recursos (especialmente tiempo) y se logren mejores soluciones.

Los Modelos Operativos de Preparación de Audiencias son herramientas para organizar y facilitar la comunicación de los sujetos que participarán en una audiencia, a fin de anticiparse a lo que ocurrirá en la sesión y solucionar los desacuerdos formales; logrando fijar los temas que realmente ameritan discusión. Son herramientas fundadas en la posibilidad que tienen las partes de renunciar a la controversia en los temas que no sean de su interés discutir (norma rectora art. 10 del CPP), lo que se traduce en menos tiempo invertido en audiencia, mayor concentración en los aspectos realmente trascendentales y reducción de los formalismos innecesarios del procedimiento.

A jueces, fiscales, defensores, Ministerio Público, representantes de víctimas y demás intervinientes del Sistema Penal Colombiano interesados en:

• Reducir el tiempo invertido en audiencias.
• Mejorar la calidad de sus participaciones.
• Aumentar el nivel de decisiones a favor de sus intereses.

Los Modelos Operativos de Preparación de Audiencias están disponibles en:

• La página web del Tribunal Superior de Cúcuta (siempre actualizados).
  Enlace: https://tribunalsuperiordecucuta.gov.co/mopas/
• Digitales en formato PDF.
• Texto impreso.

Como el fundamento básico de esta herramienta es la negociación, resulta relevante revisar las competencias en el campo de la comunicación, en especial, los principios de la empatía. Esto implica recordar las virtudes básicas de tratar de la mejor manera a todos quienes participan en el proceso penal, inversión necesaria para facilitar la consecución de acuerdos. En tal medida, el modelo aboga por retomar la importancia del buen trato y el respeto.

Por supuesto, también se recomienda el acercamiento a las nuevas tecnologías para ahorrar tiempo en el envío y recepción de información. No obstante, el acento está en la conversación, pues sea esta, personal o por medio de mensajería, no deja de ser la piedra angular de los pactos.

Toda vez que el sistema adversarial se activa y gestiona por las propuestas de las partes, en consonancia con los principios constitucionales de permitir —a quienes se ven involucrados en una actuación— participar en la construcción de las soluciones, el legislador dispuso que el consenso (acuerdo, pactos, etc.) sería una herramienta válida para solucionar situaciones procesales y/o sustanciales. Así, encontramos en el régimen procesal figuras como el preacuerdo, las estipulaciones, la conciliación, y la renuncia a la controversia; figura consagrada en el artículo 10 de la Ley 906 de 2004 del Código de Procedimiento Penal, la cual dispone:

“el juez podrá autorizar los acuerdos o estipulaciones a que lleguen las partes y que versen sobre aspectos en los cuales no haya controversia sustantiva, sin que implique renuncia de los derechos constitucionales”

En la misma línea que desarrolla este mandato, la Corte Suprema de Justicia ha referido la posibilidad de que las partes se encuentren por fuera del escenario procesal para avanzar en los asuntos que les interesan, como puede ser el descubrimiento de evidencias, la discusión de acuerdos sobre responsabilidad o el pacto de estipulaciones probatorias (consultar providencia SP2042-2019 05 jun. 2019, [rad. 51007], pág. 35).

NOVEDADES EN ESTA
SEGUNDA EDICIÓN

Una organización acorde a la tipología de audiencias del proceso penal, lo cual permite una consulta más rápida.

La inclusión de varias estrategias recopiladas de la experiencia, que aportan un gran beneficio con el objetivo de facilitar tanto la negociación de las partes como la presentación del caso ante el juez.

PASOS A TENER EN CUENTA PARA EL DESARROLLO DE LOS MOPAS

Remita comunicación a la contraparte para informar de la audiencia, y en la misma efectúe el descubrimiento del material a usar e invítela a dialogar sobre los aspectos a discutir en audiencia
Incluya el cuadro guía de temas de posible controversia, para que la contraparte pueda fácilmente evaluar en qué aspectos estima pertinente plantear la discusión y en cuáles no. Invítela a que explique las razones de oposición con el ánimo de poder aclarar las posibles diferencias.
Revise las respuestas brindadas y evalúe su razonabilidad, tanto para establecer si se requiere más información que permita comprender el trámite o para determinar si es una proposición válida, y, por ende, aceptable.
Registre en el cuadro guía tanto los acuerdos como los desacuerdos, a fin de informarlos al juez.

RECUERDE QUE . . .

RECOMENDACIONES . . .

El descubrimiento previo y aquellos puntos de no controversia que se pacten, le permitirán ahorrar tiempo y mejorar la concentración.
Aproveche las tecnologías para lograr comunicaciones más fluidas: e-mail, whatsapp, etc.
Procure siempre previo a la audiencia verificar los temas sobre los que se ha acordado discutir y no discutir.
No olvide que la renuncia a la discusión no impide que el Juez decida ahondar en algún tema, por eso debe tener a disposición todo el soporte del caso.
La organización previa es la clave para convencer a la contraparte de renunciar a las discusiones. A mayor transparencia mayor confianza.
No olvide que los pactos de no discusión se fundamentan en la buena fe y en la credibilidad recíproca de las partes. Quien goza de crédito profesional ahorra tiempo y aumenta su nivel de audiencias efectivas.
La clave: dialogar, escuchar y conceder la razón a quien la tenga.
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TIPOLOGÍA DE AUDIENCIAS


Los Modelos Operativos fueron agrupados acorde a la tipología de audiencias del proceso penal

Seleccione un grupo y de clic en alguno de los Modelos para su consulta

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¿Deseas ver la versión anterior de los Modelos Operativos?. . .

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En alianza con . . .

TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA

Una de las características más acentuada del Sistema Penal Acusatorio es su corte adversarial. No obstante, en nuestro medio, quizás por la fuerza de la tradición, se ha abordado su estudio desde la idea de la confrontación; concepto asociado a contraparte, a opositor y a enemigo, dejando de lado el fértil espacio de visualizar el sistema procesal como escenario propicio para plantear soluciones por vía de acuerdos.

Aunque la negociación suele parecer un ámbito ajeno al derecho penal, la construcción consensuada del proceso penal es tal vez el mecanismo más democrático, equitativo y económico de administrar justicia, de esto es muestra indiscutible la figura del preacuerdo.

No obstante, los pactos posibles en el área penal no se limitan a la admisión de responsabilidad, pues el abanico de acuerdos es posible extenderlo a todo tipo de audiencias, a todo tipo de peticiones y a todo tipo de controversias.

A diario se observan en las salas de audiencias alternativas prácticas para evitar (o renunciar) a las discusiones innecesarias y atender de fondo los reales problemas que interesan a las partes. Posición que no hace más que materializar la máxima de renunciar a lo formal para atender a lo sustancial.

En esa perspectiva, los Modelos Operativos de Preparación de Audiencias —MOPAS— constituyen una propuesta sobre el cómo hacer mejores audiencias, en las que se economicen recursos (especialmente tiempo) y se logren mejores soluciones.

Los Modelos Operativos de Preparación de Audiencias son herramientas para organizar y facilitar la comunicación de los sujetos que participarán en una audiencia, a fin de anticiparse a lo que ocurrirá en la sesión y solucionar los desacuerdos formales; logrando fijar los temas que realmente ameritan discusión. Son herramientas fundadas en la posibilidad que tienen las partes de renunciar a la controversia en los temas que no sean de su interés discutir (norma rectora art. 10 del CPP), lo que se traduce en menos tiempo invertido en audiencia, mayor concentración en los aspectos realmente trascendentales y reducción de los formalismos innecesarios del procedimiento.

A jueces, fiscales, defensores, Ministerio Público, representantes de víctimas y demás intervinientes del Sistema Penal Colombiano interesados en:

• Reducir el tiempo invertido en audiencias.
• Mejorar la calidad de sus participaciones.
• Aumentar el nivel de decisiones a favor de sus intereses.

Los Modelos Operativos de Preparación de Audiencias están disponibles en:

• La página web del Tribunal Superior de Cúcuta (siempre actualizados).
  Enlace: https://tribunalsuperiordecucuta.gov.co/mopas/
• Digitales en formato PDF.
• Texto impreso.

Como el fundamento básico de esta herramienta es la negociación, resulta relevante revisar las competencias en el campo de la comunicación, en especial, los principios de la empatía. Esto implica recordar las virtudes básicas de tratar de la mejor manera a todos quienes participan en el proceso penal, inversión necesaria para facilitar la consecución de acuerdos. En tal medida, el modelo aboga por retomar la importancia del buen trato y el respeto.

Por supuesto, también se recomienda el acercamiento a las nuevas tecnologías para ahorrar tiempo en el envío y recepción de información. No obstante, el acento está en la conversación, pues sea esta, personal o por medio de mensajería, no deja de ser la piedra angular de los pactos.

Toda vez que el sistema adversarial se activa y gestiona por las propuestas de las partes, en consonancia con los principios constitucionales de permitir —a quienes se ven involucrados en una actuación— participar en la construcción de las soluciones, el legislador dispuso que el consenso (acuerdo, pactos, etc.) sería una herramienta válida para solucionar situaciones procesales y/o sustanciales. Así, encontramos en el régimen procesal figuras como el preacuerdo, las estipulaciones, la conciliación, y la renuncia a la controversia; figura consagrada en el artículo 10 de la Ley 906 de 2004 del Código de Procedimiento Penal, la cual dispone:

“el juez podrá autorizar los acuerdos o estipulaciones a que lleguen las partes y que versen sobre aspectos en los cuales no haya controversia sustantiva, sin que implique renuncia de los derechos constitucionales”

En la misma línea que desarrolla este mandato, la Corte Suprema de Justicia ha referido la posibilidad de que las partes se encuentren por fuera del escenario procesal para avanzar en los asuntos que les interesan, como puede ser el descubrimiento de evidencias, la discusión de acuerdos sobre responsabilidad o el pacto de estipulaciones probatorias (consultar providencia SP2042-2019 05 jun. 2019, [rad. 51007], pág. 35).

NOVEDADES EN ESTA
SEGUNDA EDICIÓN

Una organización acorde a la tipología de audiencias del proceso penal, lo cual permite una consulta más rápida.

La inclusión de varias estrategias recopiladas de la experiencia, que aportan un gran beneficio con el objetivo de facilitar tanto la negociación de las partes como la presentación del caso ante el juez.

PASOS A TENER EN CUENTA PARA EL DESARROLLO DE LOS MOPAS

Remita comunicación a la contraparte para informar de la audiencia, y en la misma efectúe el descubrimiento del material a usar e invítela a dialogar sobre los aspectos a discutir en audiencia

Incluya el cuadro guía de temas de posible controversia, para que la contraparte pueda fácilmente evaluar en qué aspectos estima pertinente plantear la discusión y en cuáles no. Invítela a que explique las razones de oposición con el ánimo de poder aclarar las posibles diferencias.

Revise las respuestas brindadas y evalúe su razonabilidad, tanto para establecer si se requiere más información que permita comprender el trámite o para determinar si es una proposición válida, y, por ende, aceptable.

Registre en el cuadro guía tanto los acuerdos como los desacuerdos, a fin de informarlos al juez.

RECUERDE QUE . . .

El descubrimiento previo y aquellos puntos de no controversia que se pacten, le permitirán ahorrar tiempo y mejorar la concentración

RECOMENDACIONES . . .

Aproveche las tecnologías para lograr comunicaciones más fluidas: e-mail, whatsapp, etc
Procure siempre previo a la audiencia verificar los temas sobre los que se ha acordado discutir y no discutir
No olvide que la renuncia a la discusión no impide que el Juez decida ahondar en algún tema, por eso debe tener a disposición todo el soporte del caso
La organización previa es la clave para convencer a la contraparte de renunciar a las discusiones. A mayor transparencia mayor confianza
No olvide que los pactos de no discusión se fundamentan en la buena fe y en la credibilidad recíproca de las partes. Quien goza de crédito profesional ahorra tiempo y aumenta su nivel de audiencias efectivas
La clave: dialogar, escuchar y conceder la razón a quien la tenga

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Los Modelos Operativos fueron agrupados acorde a la tipología de audiencias del proceso penal.

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