ACTOS DE
INVESTIGACIÓN

MOPA 03

Audiencia de control de legalidad posterior a Audiencia de control posterior de recuperación de información producto de la transmisión de datos a través de redes de comunicaciones

Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training

MOPA 03

Audiencia de control posterior de recuperación de información producto de la transmisión de datos a través de redes de comunicaciones

GUÍA EXPLICATIVA

El propósito de esta herramienta es suministrar a los sujetos procesales un medio eficaz de comunicación que les permita: a) conocer en un momento oportuno los intereses de su contraparte y el material que usará en audiencia, y b) desarrollar una comunicación dirigida a reducir la controversia en los temas propios de la audiencia.

Para cumplir tales objetivos, usted puede aplicar las siguientes estrategias, sin que sea obligatorio el uso de todas; escoja las que evalúe más convenientes a la situación particular.

1ra ESTRATEGIA

Si bien mantener la reserva de la información obtenida en la investigación es un capital importante en el curso de las averiguaciones, una vez elevada una petición de audiencia, resulta innecesario tal resguardo en relación con el material que se usará de sustento, pues uno de los pasos obligados en la diligencia será develar esas evidencias. Por lo tanto, constituye un importante ahorro de tiempo facilitar su acceso antes de la respectiva sesión a todas las partes que acudirán, paso que además permitirá abrir canales de comunicación con la contraparte con miras a pactos y acuerdos.

Cuando se trata del control de legalidad de actividades investigativas, resulta importante esta herramienta en la medida en que se anticipa el conocimiento de elementos materiales probatorios y el descubrimiento. Si bien estos están previstos en la etapa de conocimiento, permiten que se materialice la garantía de contradicción y el principio de igualdad de armas, frente a la actividad que desde ese momento puede proyectar la defensa.

Al tratar sobre el control posterior de legalidad del procedimiento de recuperación de información, producto de la transmisión de datos a través de las redes de comunicaciones, la fiscalía deberá develar los motivos fundados que originaron la orden del acto de investigación, la orden judicial emitida con precisión de la actividad a realizar sobre el dispositivo incautado (o la red de comunicación intervenida) la finalidad de la actividad, la devolución del equipo incautado y el informe del investigador de campo que registra el procedimiento, lapso de ejecución de la actividad, línea de tiempo para legalización, y los respectivos elementos materiales de prueba o evidencia que se obtuvieron del procedimiento.

Pero, ¿cómo facilitar el acceso a este material?

Modo personal: entrega en mano de la copia física o digital del material, ejercicio que permite desarrollar el diálogo directo y así la posibilidad de abordar eventuales acuerdos.

Modo virtual: envío de la copia digital del material a través de correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

Recuerde que hoy en día existen muchas formas fáciles y económicas de escanear, entre ellas, aplicaciones en teléfonos, por lo tanto, el envío de estas piezas puede efectuarse sin limitaciones de tiempo o lugar.

 No olvide confirmar la recepción del material, tenga en cuenta que usted es el interesado en que su petición ante el juez sea aceptada y ello requiere que su contraparte conozca las evidencias que se presentarán de sustento.

2da ESTRATEGIA

Sin duda, descubrir la evidencia resulta un paso importantísimo para construir el diálogo que motive a centrar la controversia. Sin embargo, su efectividad depende de su comprensión, por eso, es recomendable que el material que se facilite esté organizado, debidamente rotulado para diferenciar las piezas e incluso resaltado para distinguir los datos esenciales.

Este procedimiento además le facilitará su exhibición en audiencia.

3ra ESTRATEGIA

La experiencia señala que presentar información que se ha recuperado al trasmitir datos en redes no es fácil dado el alto componente técnico de la transmisión y la multiplicidad de referencias (equipos, conexiones, IP, rangos, fechas de inicio y terminación, etc.), por eso, la presentación de un cuadro, que compendie lo que ocurre con cada sistema, facilita explicar la realidad de la actividad investigativa.

Esta herramienta será también muy útil ante el juez al momento de sustentar la petición y le permitirá a usted tener un mejor control de la información recaudada en las averiguaciones.

4ta ESTRATEGIA

La experiencia demuestra que solo un pequeño porcentaje de los temas que se pueden debatir en esta audiencia son realmente discutidos. Sin embargo, el desconocer en qué asuntos su contraparte centrará las críticas motiva la presentación de largas e intrincadas disertaciones de sustento.

Si usted genera un espacio previo a la audiencia para dialogar con su contraparte, tendrá la oportunidad de preguntarle sobre los aspectos en que esta tenga interés y, por ende, de aquellos aspectos en los que no hay necesidad de plantear controversias sustanciales, sobre los que puede generar un “acuerdo de caballeros” y presentarlo ante el juez, solicitando así que se centre en los aspectos que realmente interesa a las partes.

Pero, ¿cómo establecer una comunicación organizada y concisa?

El cuadro guía que se anexa al final de este modelo le permitirá plantear una propuesta de diálogo para establecer en qué temas hay interés de discutir y en cuáles no, también dicho formato le servirá de nota para efectuar la respectiva explicación al juez sobre los aspectos que las partes señalan sin intención de controvertir. Para esto, basta reunirse personalmente con su contraparte y revisar los temas del cuadro guía, o en su defecto, remitirlos por correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

No olvide que este pacto no constituye un contrato. Sin embargo, la buena fe y el buen nombre que se comprometen sustentan su efectividad.

Tampoco se plantea imponer al juez el acuerdo de las partes, sino presentarle la información del caso con precisión de los aspectos que no son objeto de controversia y así poder enfocarse en los que sí, para que el operador jurídico evalúe si los acoge.

5ta ESTRATEGIA

Es muy importante, para mantener vigente la comunicación, atender todas las preguntas, dudas o manifestaciones de la contraparte; hacerlo permite convencer al solicitante de la fuerza de su petición o, en ocasiones, advertirle a usted de las debilidades que pueda tener el caso.

6ta ESTRATEGIA

Las propuestas de esta herramienta son apenas el punto de partida de una novedosa forma de asumir el trámite procesal. En la práctica, muchos de los que han fungido en los diversos roles del sistema han desarrollado otras estrategias útiles para reducir la controversia, o facilitar la comunicación; experiencia importantísima que vale la pena dar a conocer. Por eso, a través de la versión digital de este documento se pueden compartir tales ideas, basta usar el código QR que se encuentra al final de este MOPA y registrar la información. Allí se podrán encontrar tales aportes y las versiones actualizadas, dado que este texto seguirá progresivamente en construcción.

EJEMPLO DE PRESENTACIÓN DEL
MODELO EN AUDIENCIA

FISCAL: el fiscal 4.° especializado solicita la legalización de información recuperada del computador Servidor Dell Power Edge, incautado al capturado Sergio Fernando Ramírez Arciniegas, en momentos en que se produjo su aprehensión el día 27 de julio del año en curso, en procedimiento que fue legalizado ante el Juzgado 88 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá.

Como se precisó en el procedimiento sometido a control, al momento de la privación de libertad, se encontraba en su puesto de trabajo el computador servidor cuyas características corresponden a: computador servidor, marca Dell, tipo Power Edge T30, procesador Intel Xeon, ram 8 G y disco duro 1 T, dispositivo que fue incautado como consta en el acta de incautación que registra todos los detalles que el mencionado elemento presenta.

Sergio Ramírez se encuentra en calidad de indiciado dentro de la investigación con radicación 11001590010120110000600, por el delito de tráfico, fabricación, o porte de estupefacientes, en la modalidad de venta, quien de acuerdo a la investigación hace parte de una organización criminal dedicada a la producción, transporte, almacenamiento y comercialización de sustancia controlada; utiliza rutas para tal actividad entre la ciudad de Medellín y el municipio de Puerto Triunfo; es considerado como el mayor expendedor de la sustancia en la zona.

Esta fiscalía delegada emitió orden a Policía Judicial el día 3 de agosto de esta anualidad, con el propósito de obtener del dispositivo incautado, toda la información relacionada con ips, protocolos de comunicación, archivos de imágenes y metadatos de ubicación. Todo lo anterior, bajo la expectativa de ubicar detalles en la coordinación de las actividades al margen del ordenamiento penal y relacionadas con la venta de sustancia controlada, máxime cuando se tiene la posibilidad de confrontar algunas de las líneas con las cuales se han llevado a cabo actividades de interceptación de comunicaciones y al parecer se ha tenido contacto con el dispositivo que viene de mencionarse.

Considera la fiscalía que esta actividad le permite obtener información sensible a la investigación, por cuanto la comunicación vía telemática es la más utilizada por las organizaciones criminales para el desarrollo de las tareas asignadas a cada miembro de estas.

No cuenta la fiscalía con otra alternativa o medio a partir del cual pueda obtener información del dispositivo mencionado, sino acudir al contenido que registre el mismo. Solo se ha extraído y se utilizará aquella información que constituye el interés de esta investigación; se respetó todo lo que conforma la intimidad personal y familiar del investigado.

La orden fue entregada el mismo día de su emisión al funcionario de Policía Judicial adscrito al CTI, José Ignacio Suárez, donde se precisa la necesidad de llevar a cabo la obtención de información de manera prioritaria, actividad que se realizó en el lapso de dos días, finalizó el 5 de agosto y entregó el informe el mismo día a las 20:00 horas, acompañado del disco compacto que contiene la información de la lista de contactos, mensajes de texto desde el 1 de enero de 2018 a la fecha de incautación, así como información de contenido en redes sociales durante el mismo periodo. Finalmente, esta fiscalía delegada acude dentro del término de 24 horas siguientes a la entrega del informe por parte del funcionario de Policía Judicial.

Me permito informar al estrado que la defensa, en cabeza del doctor Antonio Huertas, ya tiene conocimiento del siguiente material con el que se sustenta la solicitud: orden expedida por esta fiscalía el 3 de agosto del año en curso, informe del investigador de campo FPJ-11 de fecha 5 de agosto de 2018 que registra el procedimiento de recuperación de información del computador servidor, acompañado del disco compacto que contiene la información solicitada.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta esa información?, ¿tuvo usted conocimiento de ese material?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, corra traslado al estrado del material probatorio y continúe con su intervención.

FISCAL: de igual forma, es pertinente señalar que, en previa conversación con el referido defensor, este indicó que no tenía interés en discutir sobre: 1) la existencia de la orden del fiscal y su finalidad, y 2) del procedimiento; pero adujo que sí plantearía oposición sobre la inexistencia de decisión judicial referida a la legalización de la incautación del equipo móvil.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta la información proporcionada por el fiscal delegado?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, proceda a sustentar su posición frente al tema en controversia y luego se le concederá la palabra a la defensa en el mismo sentido.

FISCAL: (desarrolla su posición).

DEFENSOR: (desarrolla su posición).

JUEZ: bajo el entendido que (en virtud del artículo 10 de la Ley 906 de 2004) las partes pueden renunciar a la controversia, se dan por sustentados los temas sobre los que se renunció a la discusión, porque, tras revisar el material de sustento, el estrado tampoco observa inconveniente al respecto, por lo tanto, se procede a tomar decisión en el asunto…

ZONA DE DESCARGAS

Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training - OPDAT COLOMBIA

Descargue MOPA COMPLETA

Descargue el texto completo del Modelo Operativo descrito en esta sección web
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Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training - OPDAT COLOMBIA

Descargue CUADRO GUÍA

Descargue solo el cuadro guía del Modelo Operativo descrito en esta sección web
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En alianza con . . .

TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA

El propósito de esta herramienta es suministrar a los sujetos procesales un medio eficaz de comunicación que les permita: a) conocer en un momento oportuno los intereses de su contraparte y el material que usará en audiencia, y b) desarrollar una comunicación dirigida a reducir la controversia en los temas propios de la audiencia.

Para cumplir tales objetivos, usted puede aplicar las siguientes estrategias, sin que sea obligatorio el uso de todas; escoja las que evalúe más convenientes a la situación particular.

ESTRATEGIAS

Si bien mantener la reserva de la información obtenida en la investigación es un capital importante en el curso de las averiguaciones, una vez elevada una petición de audiencia, resulta innecesario tal resguardo en relación con el material que se usará de sustento, pues uno de los pasos obligados en la diligencia será develar esas evidencias. Por lo tanto, constituye un importante ahorro de tiempo facilitar su acceso antes de la respectiva sesión a todas las partes que acudirán, paso que además permitirá abrir canales de comunicación con la contraparte con miras a pactos y acuerdos.

Cuando se trata del control de legalidad de actividades investigativas, resulta importante esta herramienta en la medida en que se anticipa el conocimiento de elementos materiales probatorios y el descubrimiento. Si bien estos están previstos en la etapa de conocimiento, permiten que se materialice la garantía de contradicción y el principio de igualdad de armas, frente a la actividad que desde ese momento puede proyectar la defensa.

Al tratar sobre el control posterior de legalidad del procedimiento de recuperación de información, producto de la transmisión de datos a través de las redes de comunicaciones, la fiscalía deberá develar los motivos fundados que originaron la orden del acto de investigación, la orden judicial emitida con precisión de la actividad a realizar sobre el dispositivo incautado (o la red de comunicación intervenida) la finalidad de la actividad, la devolución del equipo incautado y el informe del investigador de campo que registra el procedimiento, lapso de ejecución de la actividad, línea de tiempo para legalización, y los respectivos elementos materiales de prueba o evidencia que se obtuvieron del procedimiento.

Pero, ¿cómo facilitar el acceso a este material?

Modo personal: entrega en mano de la copia física o digital del material, ejercicio que permite desarrollar el diálogo directo y así la posibilidad de abordar eventuales acuerdos.

Modo virtual: envío de la copia digital del material a través de correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

Recuerde que hoy en día existen muchas formas fáciles y económicas de escanear, entre ellas, aplicaciones en teléfonos, por lo tanto, el envío de estas piezas puede efectuarse sin limitaciones de tiempo o lugar.

 No olvide confirmar la recepción del material, tenga en cuenta que usted es el interesado en que su petición ante el juez sea aceptada y ello requiere que su contraparte conozca las evidencias que se presentarán de sustento.

Sin duda, descubrir la evidencia resulta un paso importantísimo para construir el diálogo que motive a centrar la controversia. Sin embargo, su efectividad depende de su comprensión, por eso, es recomendable que el material que se facilite esté organizado, debidamente rotulado para diferenciar las piezas e incluso resaltado para distinguir los datos esenciales.

Este procedimiento además le facilitará su exhibición en audiencia.

La experiencia señala que presentar información que se ha recuperado al trasmitir datos en redes no es fácil dado el alto componente técnico de la transmisión y la multiplicidad de referencias (equipos, conexiones, IP, rangos, fechas de inicio y terminación, etc.), por eso, la presentación de un cuadro, que compendie lo que ocurre con cada sistema, facilita explicar la realidad de la actividad investigativa.

Esta herramienta será también muy útil ante el juez al momento de sustentar la petición y le permitirá a usted tener un mejor control de la información recaudada en las averiguaciones.

La experiencia demuestra que solo un pequeño porcentaje de los temas que se pueden debatir en esta audiencia son realmente discutidos. Sin embargo, el desconocer en qué asuntos su contraparte centrará las críticas motiva la presentación de largas e intrincadas disertaciones de sustento.

Si usted genera un espacio previo a la audiencia para dialogar con su contraparte, tendrá la oportunidad de preguntarle sobre los aspectos en que esta tenga interés y, por ende, de aquellos aspectos en los que no hay necesidad de plantear controversias sustanciales, sobre los que puede generar un “acuerdo de caballeros” y presentarlo ante el juez, solicitando así que se centre en los aspectos que realmente interesa a las partes.

Pero, ¿cómo establecer una comunicación organizada y concisa?

El cuadro guía que se anexa al final de este modelo le permitirá plantear una propuesta de diálogo para establecer en qué temas hay interés de discutir y en cuáles no, también dicho formato le servirá de nota para efectuar la respectiva explicación al juez sobre los aspectos que las partes señalan sin intención de controvertir. Para esto, basta reunirse personalmente con su contraparte y revisar los temas del cuadro guía, o en su defecto, remitirlos por correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

No olvide que este pacto no constituye un contrato. Sin embargo, la buena fe y el buen nombre que se comprometen sustentan su efectividad.

Tampoco se plantea imponer al juez el acuerdo de las partes, sino presentarle la información del caso con precisión de los aspectos que no son objeto de controversia y así poder enfocarse en los que sí, para que el operador jurídico evalúe si los acoge.

Es muy importante, para mantener vigente la comunicación, atender todas las preguntas, dudas o manifestaciones de la contraparte; hacerlo permite convencer al solicitante de la fuerza de su petición o, en ocasiones, advertirle a usted de las debilidades que pueda tener el caso.

Las propuestas de esta herramienta son apenas el punto de partida de una novedosa forma de asumir el trámite procesal. En la práctica, muchos de los que han fungido en los diversos roles del sistema han desarrollado otras estrategias útiles para reducir la controversia, o facilitar la comunicación; experiencia importantísima que vale la pena dar a conocer. Por eso, a través de la versión digital de este documento se pueden compartir tales ideas, basta usar el código QR que se encuentra al final de este MOPA y registrar la información. Allí se podrán encontrar tales aportes y las versiones actualizadas, dado que este texto seguirá progresivamente en construcción.

EJEMPLO DEL MODELO

FISCAL: el fiscal 4.° especializado solicita la legalización de información recuperada del computador Servidor Dell Power Edge, incautado al capturado Sergio Fernando Ramírez Arciniegas, en momentos en que se produjo su aprehensión el día 27 de julio del año en curso, en procedimiento que fue legalizado ante el Juzgado 88 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá.

Como se precisó en el procedimiento sometido a control, al momento de la privación de libertad, se encontraba en su puesto de trabajo el computador servidor cuyas características corresponden a: computador servidor, marca Dell, tipo Power Edge T30, procesador Intel Xeon, ram 8 G y disco duro 1 T, dispositivo que fue incautado como consta en el acta de incautación que registra todos los detalles que el mencionado elemento presenta.

Sergio Ramírez se encuentra en calidad de indiciado dentro de la investigación con radicación 11001590010120110000600, por el delito de tráfico, fabricación, o porte de estupefacientes, en la modalidad de venta, quien de acuerdo a la investigación hace parte de una organización criminal dedicada a la producción, transporte, almacenamiento y comercialización de sustancia controlada; utiliza rutas para tal actividad entre la ciudad de Medellín y el municipio de Puerto Triunfo; es considerado como el mayor expendedor de la sustancia en la zona.

Esta fiscalía delegada emitió orden a Policía Judicial el día 3 de agosto de esta anualidad, con el propósito de obtener del dispositivo incautado, toda la información relacionada con ips, protocolos de comunicación, archivos de imágenes y metadatos de ubicación. Todo lo anterior, bajo la expectativa de ubicar detalles en la coordinación de las actividades al margen del ordenamiento penal y relacionadas con la venta de sustancia controlada, máxime cuando se tiene la posibilidad de confrontar algunas de las líneas con las cuales se han llevado a cabo actividades de interceptación de comunicaciones y al parecer se ha tenido contacto con el dispositivo que viene de mencionarse.

Considera la fiscalía que esta actividad le permite obtener información sensible a la investigación, por cuanto la comunicación vía telemática es la más utilizada por las organizaciones criminales para el desarrollo de las tareas asignadas a cada miembro de estas.

No cuenta la fiscalía con otra alternativa o medio a partir del cual pueda obtener información del dispositivo mencionado, sino acudir al contenido que registre el mismo. Solo se ha extraído y se utilizará aquella información que constituye el interés de esta investigación; se respetó todo lo que conforma la intimidad personal y familiar del investigado.

La orden fue entregada el mismo día de su emisión al funcionario de Policía Judicial adscrito al CTI, José Ignacio Suárez, donde se precisa la necesidad de llevar a cabo la obtención de información de manera prioritaria, actividad que se realizó en el lapso de dos días, finalizó el 5 de agosto y entregó el informe el mismo día a las 20:00 horas, acompañado del disco compacto que contiene la información de la lista de contactos, mensajes de texto desde el 1 de enero de 2018 a la fecha de incautación, así como información de contenido en redes sociales durante el mismo periodo. Finalmente, esta fiscalía delegada acude dentro del término de 24 horas siguientes a la entrega del informe por parte del funcionario de Policía Judicial.

Me permito informar al estrado que la defensa, en cabeza del doctor Antonio Huertas, ya tiene conocimiento del siguiente material con el que se sustenta la solicitud: orden expedida por esta fiscalía el 3 de agosto del año en curso, informe del investigador de campo FPJ-11 de fecha 5 de agosto de 2018 que registra el procedimiento de recuperación de información del computador servidor, acompañado del disco compacto que contiene la información solicitada.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta esa información?, ¿tuvo usted conocimiento de ese material?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, corra traslado al estrado del material probatorio y continúe con su intervención.

FISCAL: de igual forma, es pertinente señalar que, en previa conversación con el referido defensor, este indicó que no tenía interés en discutir sobre: 1) la existencia de la orden del fiscal y su finalidad, y 2) del procedimiento; pero adujo que sí plantearía oposición sobre la inexistencia de decisión judicial referida a la legalización de la incautación del equipo móvil.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta la información proporcionada por el fiscal delegado?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, proceda a sustentar su posición frente al tema en controversia y luego se le concederá la palabra a la defensa en el mismo sentido.

FISCAL: (desarrolla su posición).

DEFENSOR: (desarrolla su posición).

JUEZ: bajo el entendido que (en virtud del artículo 10 de la Ley 906 de 2004) las partes pueden renunciar a la controversia, se dan por sustentados los temas sobre los que se renunció a la discusión, porque, tras revisar el material de sustento, el estrado tampoco observa inconveniente al respecto, por lo tanto, se procede a tomar decisión en el asunto…

En alianza con . . .

TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA