ACTUACIÓN
PROCESAL

MOPA 14

Audiencia para la declaración de contumacia

Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training

MOPA 14

Audiencia para la declaración de contumacia

GUÍA EXPLICATIVA

El propósito de esta herramienta es suministrar a los sujetos procesales un medio eficaz de comunicación que les permita: a) conocer en un momento oportuno los intereses de su contraparte y el material que usará en audiencia, y b) desarrollar una comunicación dirigida a reducir la controversia en los temas propios de la audiencia.

Para cumplir tales objetivos, usted puede aplicar las siguientes estrategias, sin que sea obligatorio el uso de todas; escoja las que evalúe más convenientes a la situación particular.

1ra ESTRATEGIA

Si bien mantener la reserva de la información obtenida en la investigación es un capital importante en el curso de las averiguaciones, una vez elevada una petición de audiencia, tal resguardo resulta innecesario en relación con el material que se usará de sustento, pues uno de los pasos obligados en la diligencia será develar esas evidencias. Por lo tanto, constituye un importante ahorro de tiempo facilitar su acceso antes de la respectiva sesión a todas las partes que acudirán, paso que además permitirá abrir canales de comunicación con la contraparte con miras a pactos y acuerdos.

Pero, ¿cómo facilitar el acceso a este material?

Modo personal: entrega en mano de la copia física o digital del material, ejercicio que permite desarrollar el diálogo directo y así la posibilidad de abordar eventuales acuerdos.

Modo virtual: envío de la copia digital del material a través de correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

Recuerde que hoy en día existen muchas formas fáciles y económicas de escanear, entre ellas, aplicaciones en teléfonos, por lo tanto, el envío de estas piezas puede efectuarse sin limitaciones de tiempo o lugar.

 No olvide confirmar la recepción del material, tenga en cuenta que usted es el interesado en que su petición ante el juez sea aceptada y ello requiere que su contraparte conozca las evidencias que se presentarán de sustento.

2da ESTRATEGIA

La experiencia señala que uno de los mayores obstáculos en este tipo de diligencias es el relativo a si se agotaron los medios de búsqueda, por eso, la presentación de un listado, que compendie cada uno de los medios usados y sus resultados, facilita trasmitir la realidad de la actividad investigativa.

Esta herramienta será también muy útil ante el juez al momento de sustentar la petición y le permitirá a usted tener un mejor control de la información recaudada en las averiguaciones.

3ra ESTRATEGIA

La experiencia demuestra que solo un pequeño porcentaje de los temas que se pueden debatir en esta audiencia son realmente discutidos. Sin embargo, el desconocer en qué asuntos su contraparte centrará las críticas motiva a efectuar largas e intrincadas presentaciones de sustento.

Si usted genera un espacio previo a la audiencia para dialogar con su contraparte, tendrá la oportunidad de preguntarle sobre los aspectos en que esta tenga interés y, por ende, de aquellos aspectos en los que no hay necesidad de plantear controversias sustanciales, sobre los que puede generar un “acuerdo de caballeros” y presentarlo ante el juez, solicitando así que se centre en los aspectos que realmente interesa a las partes.

Pero, ¿cómo establecer una comunicación organizada y concisa?

El cuadro guía que se anexa al final de este modelo le permitirá plantear una propuesta de diálogo para establecer en qué temas hay interés de discutir y en cuáles no, también dicho formato le servirá de nota para efectuar la respectiva explicación al juez sobre los aspectos que las partes señalan sin intención de controvertir.

Para esto, basta reunirse personalmente con su contraparte y revisar los temas del cuadro guía, o en su defecto, remitirlos por correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

No olvide que este pacto no constituye un contrato. Sin embargo, la buena fe y el buen nombre que se comprometen sustentan su efectividad.

Tampoco se plantea imponer al juez el acuerdo de las partes, sino presentarle la información del caso con precisión de los aspectos que no son objeto de controversia y así poder enfocarse en los que sí, para que el operador jurídico evalúe si los acoge.

4ta ESTRATEGIA

Es muy importante, para mantener vigente la comunicación, atender todas las preguntas, dudas o manifestaciones de la contraparte; hacerlo permite convencer al solicitante de la fuerza de su petición o, en ocasiones, advertirle a usted de las debilidades que pueda tener el caso.

5ta ESTRATEGIA

Las propuestas de esta herramienta son apenas el punto de partida de una novedosa forma de asumir el trámite procesal. En la práctica, muchos de los que han fungido en los diversos roles del sistema han desarrollado otras estrategias útiles para reducir la controversia, o facilitar la comunicación; experiencia importantísima que vale la pena dar a conocer. Por eso, a través de la versión digital de este documento se pueden compartir tales ideas, basta usar el código QR que se encuentra al final de este MOPA y registrar la información. Allí se podrán encontrar tales aportes y las versiones actualizadas, dado que este texto seguirá progresivamente en construcción.

EJEMPLO DE PRESENTACIÓN DEL
MODELO EN AUDIENCIA

FISCAL: la fiscalía solicita que se declare contumaz al señor Marco Aurelio Góngora Triviño, identificado con la cédula de ciudadanía N.° 1.125.136.857, nacido el 29 de enero de 1970, hijo de Roberto y Ana Julia, de estado civil casado (con Georgina Rosa Blanco), tez trigueña, 1,77 m de estatura, contextura atlética, labios delgados, boca mediana, nariz dorso recto, base media, cejas pobladas separadas, orejas medianas, lóbulos adheridos, dentadura artificial en la parte superior, mentón agudo, cuello largo, como señales particulares presenta una cicatriz de 7 cm en el pómulo derecho, propinada con arma corto punzante, con tatuaje en antebrazo izquierdo de un lobo y en la espalda parte derecha de una oveja negra, alias el Lobo, con última dirección de ubicación en la calle 102 N.° 87-54 Barrio San Cristóbal, teléfono 345 ** 21, Bogotá D.C.

La Fiscalía General de la Nación notificó en forma personal y vía correo electrónico al indiciado y a su defensor, sobre la fecha, hora y lugar para realizar la audiencia de formulación de imputación, además, se surtió el trámite previsto en el artículo 172 del CPP a partir de la solicitud de la audiencia, mediante el envío de comunicaciones a través del Centro de Servicios Judiciales; sin embargo, el indiciado sin mediar justificación, ha sido renuente a comparecer y se hace necesario adoptar este mecanismo, con el propósito de imputarle el delito de fraude procesal en concurso heterogéneo con falsedad en documento público.

Informo en igual sentido que los EMP que sustentan esta diligencia son de pleno conocimiento de la defensa, en cabeza de Mario Benavides, quien expresó no tener interés en discutir lo siguiente: identificación e individualización del indiciado, el conocimiento previo de su poderdante sobre la realización de la audiencia de formulación de imputación, pero planteará controversia sobre la justificación de su inasistencia.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta esa información?, ¿tuvo usted conocimiento de ese material?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, corra traslado al estrado del material probatorio y continúe con su intervención.

FISCAL: de igual forma, es pertinente señalar que, en previa conversación con el referido defensor, este indicó que no tenía interés en discutir lo siguiente: identificación e individualización del indiciado, el conocimiento previo de su poderdante sobre la realización de la audiencia de formulación de imputación, pero planteará controversia sobre la justificación de su inasistencia.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta la información proporcionada por el fiscal delegado?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, proceda a sustentar su posición frente al tema en controversia y luego se le concederá la palabra a la defensa en el mismo sentido.

FISCAL: (desarrolla su posición).

DEFENSOR: (desarrolla su posición).

JUEZ: bajo el entendido que (en virtud del artículo 10 de la Ley 906 de 2004) las partes pueden renunciar a la controversia, se dan por sustentados los temas sobre los que se renunció a la discusión, porque, tras revisar el material de sustento, el estrado tampoco observa inconveniente al respecto, por lo tanto, se procede a tomar decisión en el asunto…

ZONA DE DESCARGAS

Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training - OPDAT COLOMBIA

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Descargue el texto completo del Modelo Operativo descrito en esta sección web
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Descargue solo el cuadro guía del Modelo Operativo descrito en esta sección web
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En alianza con . . .

TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA

El propósito de esta herramienta es suministrar a los sujetos procesales un medio eficaz de comunicación que les permita: a) conocer en un momento oportuno los intereses de su contraparte y el material que usará en audiencia, y b) desarrollar una comunicación dirigida a reducir la controversia en los temas propios de la audiencia.

Para cumplir tales objetivos, usted puede aplicar las siguientes estrategias, sin que sea obligatorio el uso de todas; escoja las que evalúe más convenientes a la situación particular.

ESTRATEGIAS

Si bien mantener la reserva de la información obtenida en la investigación es un capital importante en el curso de las averiguaciones, una vez elevada una petición de audiencia, tal resguardo resulta innecesario en relación con el material que se usará de sustento, pues uno de los pasos obligados en la diligencia será develar esas evidencias. Por lo tanto, constituye un importante ahorro de tiempo facilitar su acceso antes de la respectiva sesión a todas las partes que acudirán, paso que además permitirá abrir canales de comunicación con la contraparte con miras a pactos y acuerdos.

Pero, ¿cómo facilitar el acceso a este material?

Modo personal: entrega en mano de la copia física o digital del material, ejercicio que permite desarrollar el diálogo directo y así la posibilidad de abordar eventuales acuerdos.

Modo virtual: envío de la copia digital del material a través de correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

Recuerde que hoy en día existen muchas formas fáciles y económicas de escanear, entre ellas, aplicaciones en teléfonos, por lo tanto, el envío de estas piezas puede efectuarse sin limitaciones de tiempo o lugar.

 No olvide confirmar la recepción del material, tenga en cuenta que usted es el interesado en que su petición ante el juez sea aceptada y ello requiere que su contraparte conozca las evidencias que se presentarán de sustento.

La experiencia señala que uno de los mayores obstáculos en este tipo de diligencias es el relativo a si se agotaron los medios de búsqueda, por eso, la presentación de un listado, que compendie cada uno de los medios usados y sus resultados, facilita trasmitir la realidad de la actividad investigativa.

Esta herramienta será también muy útil ante el juez al momento de sustentar la petición y le permitirá a usted tener un mejor control de la información recaudada en las averiguaciones.

La experiencia demuestra que solo un pequeño porcentaje de los temas que se pueden debatir en esta audiencia son realmente discutidos. Sin embargo, el desconocer en qué asuntos su contraparte centrará las críticas motiva a efectuar largas e intrincadas presentaciones de sustento.

Si usted genera un espacio previo a la audiencia para dialogar con su contraparte, tendrá la oportunidad de preguntarle sobre los aspectos en que esta tenga interés y, por ende, de aquellos aspectos en los que no hay necesidad de plantear controversias sustanciales, sobre los que puede generar un “acuerdo de caballeros” y presentarlo ante el juez, solicitando así que se centre en los aspectos que realmente interesa a las partes.

Pero, ¿cómo establecer una comunicación organizada y concisa?

El cuadro guía que se anexa al final de este modelo le permitirá plantear una propuesta de diálogo para establecer en qué temas hay interés de discutir y en cuáles no, también dicho formato le servirá de nota para efectuar la respectiva explicación al juez sobre los aspectos que las partes señalan sin intención de controvertir.

Para esto, basta reunirse personalmente con su contraparte y revisar los temas del cuadro guía, o en su defecto, remitirlos por correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

No olvide que este pacto no constituye un contrato. Sin embargo, la buena fe y el buen nombre que se comprometen sustentan su efectividad.

Tampoco se plantea imponer al juez el acuerdo de las partes, sino presentarle la información del caso con precisión de los aspectos que no son objeto de controversia y así poder enfocarse en los que sí, para que el operador jurídico evalúe si los acoge.

Es muy importante, para mantener vigente la comunicación, atender todas las preguntas, dudas o manifestaciones de la contraparte; hacerlo permite convencer al solicitante de la fuerza de su petición o, en ocasiones, advertirle a usted de las debilidades que pueda tener el caso.

Las propuestas de esta herramienta son apenas el punto de partida de una novedosa forma de asumir el trámite procesal. En la práctica, muchos de los que han fungido en los diversos roles del sistema han desarrollado otras estrategias útiles para reducir la controversia, o facilitar la comunicación; experiencia importantísima que vale la pena dar a conocer. Por eso, a través de la versión digital de este documento se pueden compartir tales ideas, basta usar el código QR que se encuentra al final de este MOPA y registrar la información. Allí se podrán encontrar tales aportes y las versiones actualizadas, dado que este texto seguirá progresivamente en construcción.

EJEMPLO DEL MODELO

FISCAL: la fiscalía solicita que se declare contumaz al señor Marco Aurelio Góngora Triviño, identificado con la cédula de ciudadanía N.° 1.125.136.857, nacido el 29 de enero de 1970, hijo de Roberto y Ana Julia, de estado civil casado (con Georgina Rosa Blanco), tez trigueña, 1,77 m de estatura, contextura atlética, labios delgados, boca mediana, nariz dorso recto, base media, cejas pobladas separadas, orejas medianas, lóbulos adheridos, dentadura artificial en la parte superior, mentón agudo, cuello largo, como señales particulares presenta una cicatriz de 7 cm en el pómulo derecho, propinada con arma corto punzante, con tatuaje en antebrazo izquierdo de un lobo y en la espalda parte derecha de una oveja negra, alias el Lobo, con última dirección de ubicación en la calle 102 N.° 87-54 Barrio San Cristóbal, teléfono 345 ** 21, Bogotá D.C.

La Fiscalía General de la Nación notificó en forma personal y vía correo electrónico al indiciado y a su defensor, sobre la fecha, hora y lugar para realizar la audiencia de formulación de imputación, además, se surtió el trámite previsto en el artículo 172 del CPP a partir de la solicitud de la audiencia, mediante el envío de comunicaciones a través del Centro de Servicios Judiciales; sin embargo, el indiciado sin mediar justificación, ha sido renuente a comparecer y se hace necesario adoptar este mecanismo, con el propósito de imputarle el delito de fraude procesal en concurso heterogéneo con falsedad en documento público.

Informo en igual sentido que los EMP que sustentan esta diligencia son de pleno conocimiento de la defensa, en cabeza de Mario Benavides, quien expresó no tener interés en discutir lo siguiente: identificación e individualización del indiciado, el conocimiento previo de su poderdante sobre la realización de la audiencia de formulación de imputación, pero planteará controversia sobre la justificación de su inasistencia.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta esa información?, ¿tuvo usted conocimiento de ese material?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, corra traslado al estrado del material probatorio y continúe con su intervención.

FISCAL: de igual forma, es pertinente señalar que, en previa conversación con el referido defensor, este indicó que no tenía interés en discutir lo siguiente: identificación e individualización del indiciado, el conocimiento previo de su poderdante sobre la realización de la audiencia de formulación de imputación, pero planteará controversia sobre la justificación de su inasistencia.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta la información proporcionada por el fiscal delegado?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, proceda a sustentar su posición frente al tema en controversia y luego se le concederá la palabra a la defensa en el mismo sentido.

FISCAL: (desarrolla su posición).

DEFENSOR: (desarrolla su posición).

JUEZ: bajo el entendido que (en virtud del artículo 10 de la Ley 906 de 2004) las partes pueden renunciar a la controversia, se dan por sustentados los temas sobre los que se renunció a la discusión, porque, tras revisar el material de sustento, el estrado tampoco observa inconveniente al respecto, por lo tanto, se procede a tomar decisión en el asunto…

En alianza con . . .

TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA