ACTUACIÓN
PROCESAL

MOPA 18

Audiencia de solicitud de prueba anticipada

Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training

MOPA 18

Audiencia de solicitud de prueba anticipada

GUÍA EXPLICATIVA

El propósito de esta herramienta es suministrar a los sujetos procesales un medio eficaz de comunicación que les permita: a) conocer en un momento oportuno los intereses de su contraparte y el material que usará en audiencia, y b) desarrollar una comunicación dirigida a reducir la controversia en los temas propios de la audiencia.

Para cumplir tales objetivos, usted puede aplicar las siguientes estrategias, sin que sea obligatorio el uso de todas; escoja las que evalúe más convenientes a la situación particular.

1ra ESTRATEGIA

Si bien mantener la reserva de la información obtenida en la investigación es un capital importante en el curso de las averiguaciones, una vez elevada una petición de audiencia, tal resguardo resulta innecesario en relación con el material que se usará de sustento, pues uno de los pasos obligados en la diligencia será develar esas evidencias. Por lo tanto, constituye un importante ahorro de tiempo facilitar su acceso antes de la respectiva sesión a todas las partes que acudirán, paso que además permitirá abrir canales de comunicación con la contraparte con miras a pactos y acuerdos.

Pero, ¿cómo facilitar el acceso a este material?

Modo personal: entrega en mano de la copia física o digital del material, ejercicio que permite desarrollar el diálogo directo y así la posibilidad de abordar eventuales acuerdos.

Modo virtual: envío de la copia digital del material a través de correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

Recuerde que hoy en día existen muchas formas fáciles y económicas de escanear, entre ellas, aplicaciones en teléfonos, por lo tanto, el envío de estas piezas puede efectuarse sin limitaciones de tiempo o lugar.

 No olvide confirmar la recepción del material, tenga en cuenta que usted es el interesado en que su petición ante el juez sea aceptada y ello requiere que su contraparte conozca las evidencias que se presentarán de sustento.

2da ESTRATEGIA

Pese a que no ha sido un recurso usual en nuestro medio, ofrecer una presentación previa a la contraparte, de las razones detalladas y el fundamento de la imputación, otorga la posibilidad de persuadir sobre la fuerza del caso.

Por supuesto, se trata de un escenario pactado y, por ende, no obedece a las reglas de las audiencias, tan solo se limita a la exposición explicada de los motivos y evidencia con los que se cuenta. No obstante, las experiencias hasta ahora documentadas señalan que es un escenario muy útil para informar todo aquello que en la diligencia no es posible detallar.

También resulta muy útil para evaluar las razones por las que se opta por una u otra configuración jurídica de los cargos.

Nuevamente en esta actividad el respeto y la empatía juegan roles determinantes.

3ra ESTRATEGIA

La experiencia demuestra que solo un pequeño porcentaje de los temas que se pueden debatir en esta audiencia son realmente discutidos, en especial porque en principio solo admite el ejercicio de observaciones. Sin embargo, la realidad evidencia que pueden sucederse intensos debates.

Si usted genera un espacio previo a la audiencia para dialogar con su contraparte, tendrá la oportunidad de preguntarle sobre los aspectos en que esta tenga interés y, por ende, de aquellos aspectos en los que no hay necesidad de plantear controversias sustanciales, sobre los que puede generar un “acuerdo de caballeros” y presentarlo ante el juez, solicitando así que se centre en los aspectos que realmente interesa a las partes.

Pero, ¿cómo establecer una comunicación organizada y concisa?

El cuadro guía que se anexa al final de este modelo le permitirá plantear una propuesta de diálogo para establecer en qué temas hay interés de discutir y en cuáles no, también dicho formato le servirá de nota para efectuar la respectiva explicación al juez sobre los aspectos que las partes señalan sin intención de controvertir.

Para esto, basta reunirse personalmente con su contraparte y revisar los temas del cuadro guía, o en su defecto, remitirlos por correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

No olvide que este pacto no constituye un contrato. Sin embargo, la buena fe y el buen nombre que se comprometen sustentan su efectividad.

Tampoco se plantea imponer al juez el acuerdo de las partes, sino presentarle la información del caso con precisión de los aspectos que no son objeto de controversia y así poder enfocarse en los que sí, para que el operador jurídico evalúe si los acoge.

4ta ESTRATEGIA

Es muy importante, para mantener vigente la comunicación, atender todas las preguntas, dudas o manifestaciones de la contraparte; hacerlo permite convencer al solicitante de la fuerza de su petición o, en ocasiones, advertirle a usted de las debilidades que pueda tener el caso.

5ta ESTRATEGIA

Las propuestas de esta herramienta son apenas el punto de partida de una novedosa forma de asumir el trámite procesal. En la práctica, muchos de los que han fungido en los diversos roles del sistema han desarrollado otras estrategias útiles para reducir la controversia, o facilitar la comunicación; experiencia importantísima que vale la pena dar a conocer. Por eso, a través de la versión digital de este documento se pueden compartir tales ideas, basta usar el código QR que se encuentra al final de este MOPA y registrar la información. Allí se podrán encontrar tales aportes y las versiones actualizadas, dado que este texto seguirá progresivamente en construcción.

EJEMPLO DE PRESENTACIÓN DEL
MODELO EN AUDIENCIA

FISCAL: la fiscalía solicita que se decrete el testimonio de la señora Anastasia Blanco, identificada con la cédula de ciudadanía N.° 26.451.457 expedida en Bogotá D.C., quien es testigo presencial de los hechos por los cuales se investiga al señor Parmenio Ortega López, dentro del proceso con radicado único de noticia criminal 76001600193201824658, que se adelanta por el delito de concusión por hechos ocurridos el 25 de diciembre de 2017.

El indiciado en calidad de agente de tránsito, constriñó a Susana Valencia para que le entregara la suma equivalente a 10 SMLMV y a cambio no le impondría un comparendo por violación a una norma de tránsito. Esta actuación se encuentra en etapa de investigación. La testigo padece de cáncer, enfermedad que ha hecho metástasis con una expectativa de vida de la paciente inferior a tres meses, por lo que resulta de extrema necesidad escuchar su declaración de manera previa, comoquiera que fue la persona que observó de forma directa y personal la conducta efectuada por el sujeto activo.

La presente solicitud se fundamenta en el artículo 284 del CPP y me permito expresarle a la judicatura que la defensa técnica tiene conocimiento de los motivos fundados y de los elementos materiales probatorios que sustentan esta intervención como son: los hechos jurídicamente relevantes, entrevista de la testigo e informe pericial emitido por el Instituto Nacional de Medicina Legal de la señora Anastasia Blanco.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta esa información?, tuvo usted conocimiento de ese material?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, corra traslado al estrado del material probatorio y continúe con su intervención.

FISCAL: de igual forma, es pertinente señalar que, en previa conversación con el referido defensor, este indicó que presentará controversia sobre la extrema necesidad y urgencia de la práctica de esta prueba testimonial.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta la información proporcionada por el fiscal delegado?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, proceda a sustentar su posición frente al tema en controversia y luego se le concederá la palabra a la defensa en el mismo sentido.

FISCAL: (desarrolla su posición).

DEFENSOR: (desarrolla su posición).

JUEZ: bajo el entendido que (en virtud del artículo 10 de la Ley 906 de 2004) las partes pueden renunciar a la controversia, se dan por sustentados los temas sobre los que se renunció a la discusión, porque, tras revisar el material de sustento, el estrado tampoco observa inconveniente al respecto, por lo tanto, se procede a tomar decisión en el asunto…

ZONA DE DESCARGAS

Overseas Prosecutorial Development, Assistance and Training - OPDAT COLOMBIA

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Descargue el texto completo del Modelo Operativo descrito en esta sección web
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Descargue solo el cuadro guía del Modelo Operativo descrito en esta sección web
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En alianza con . . .

TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA

El propósito de esta herramienta es suministrar a los sujetos procesales un medio eficaz de comunicación que les permita: a) conocer en un momento oportuno los intereses de su contraparte y el material que usará en audiencia, y b) desarrollar una comunicación dirigida a reducir la controversia en los temas propios de la audiencia.

Para cumplir tales objetivos, usted puede aplicar las siguientes estrategias, sin que sea obligatorio el uso de todas; escoja las que evalúe más convenientes a la situación particular.

ESTRATEGIAS

Si bien mantener la reserva de la información obtenida en la investigación es un capital importante en el curso de las averiguaciones, una vez elevada una petición de audiencia, tal resguardo resulta innecesario en relación con el material que se usará de sustento, pues uno de los pasos obligados en la diligencia será develar esas evidencias. Por lo tanto, constituye un importante ahorro de tiempo facilitar su acceso antes de la respectiva sesión a todas las partes que acudirán, paso que además permitirá abrir canales de comunicación con la contraparte con miras a pactos y acuerdos.

Pero, ¿cómo facilitar el acceso a este material?

Modo personal: entrega en mano de la copia física o digital del material, ejercicio que permite desarrollar el diálogo directo y así la posibilidad de abordar eventuales acuerdos.

Modo virtual: envío de la copia digital del material a través de correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

Recuerde que hoy en día existen muchas formas fáciles y económicas de escanear, entre ellas, aplicaciones en teléfonos, por lo tanto, el envío de estas piezas puede efectuarse sin limitaciones de tiempo o lugar.

 No olvide confirmar la recepción del material, tenga en cuenta que usted es el interesado en que su petición ante el juez sea aceptada y ello requiere que su contraparte conozca las evidencias que se presentarán de sustento.

Pese a que no ha sido un recurso usual en nuestro medio, ofrecer una presentación previa a la contraparte, de las razones detalladas y el fundamento de la imputación, otorga la posibilidad de persuadir sobre la fuerza del caso.

Por supuesto, se trata de un escenario pactado y, por ende, no obedece a las reglas de las audiencias, tan solo se limita a la exposición explicada de los motivos y evidencia con los que se cuenta. No obstante, las experiencias hasta ahora documentadas señalan que es un escenario muy útil para informar todo aquello que en la diligencia no es posible detallar.

También resulta muy útil para evaluar las razones por las que se opta por una u otra configuración jurídica de los cargos.

Nuevamente en esta actividad el respeto y la empatía juegan roles determinantes.

La experiencia demuestra que solo un pequeño porcentaje de los temas que se pueden debatir en esta audiencia son realmente discutidos, en especial porque en principio solo admite el ejercicio de observaciones. Sin embargo, la realidad evidencia que pueden sucederse intensos debates.

Si usted genera un espacio previo a la audiencia para dialogar con su contraparte, tendrá la oportunidad de preguntarle sobre los aspectos en que esta tenga interés y, por ende, de aquellos aspectos en los que no hay necesidad de plantear controversias sustanciales, sobre los que puede generar un “acuerdo de caballeros” y presentarlo ante el juez, solicitando así que se centre en los aspectos que realmente interesa a las partes.

Pero, ¿cómo establecer una comunicación organizada y concisa?

El cuadro guía que se anexa al final de este modelo le permitirá plantear una propuesta de diálogo para establecer en qué temas hay interés de discutir y en cuáles no, también dicho formato le servirá de nota para efectuar la respectiva explicación al juez sobre los aspectos que las partes señalan sin intención de controvertir.

Para esto, basta reunirse personalmente con su contraparte y revisar los temas del cuadro guía, o en su defecto, remitirlos por correo electrónico o redes sociales (WhatsApp, etc.).

No olvide que este pacto no constituye un contrato. Sin embargo, la buena fe y el buen nombre que se comprometen sustentan su efectividad.

Tampoco se plantea imponer al juez el acuerdo de las partes, sino presentarle la información del caso con precisión de los aspectos que no son objeto de controversia y así poder enfocarse en los que sí, para que el operador jurídico evalúe si los acoge.

La complejidad de muchos casos suele implicar dificultades en su explicación, los gráficos (organigramas, diagramas de flujo, cuadros, secuencias, etc.) facilitan su comprensión.

Elaborar estas ayudas y suministrar una copia a su contraparte le permitirá comprender de mejor forma sus explicaciones, y así facilitar el proceso comunicativo que motive a acordar aspectos a no controvertir.

Las propuestas de esta herramienta son apenas el punto de partida de una novedosa forma de asumir el trámite procesal. En la práctica, muchos de los que han fungido en los diversos roles del sistema han desarrollado otras estrategias útiles para reducir la controversia, o facilitar la comunicación; experiencia importantísima que vale la pena dar a conocer. Por eso, a través de la versión digital de este documento se pueden compartir tales ideas, basta usar el código QR que se encuentra al final de este MOPA y registrar la información. Allí se podrán encontrar tales aportes y las versiones actualizadas, dado que este texto seguirá progresivamente en construcción.

EJEMPLO DEL MODELO

FISCAL: la fiscalía solicita que se decrete el testimonio de la señora Anastasia Blanco, identificada con la cédula de ciudadanía N.° 26.451.457 expedida en Bogotá D.C., quien es testigo presencial de los hechos por los cuales se investiga al señor Parmenio Ortega López, dentro del proceso con radicado único de noticia criminal 76001600193201824658, que se adelanta por el delito de concusión por hechos ocurridos el 25 de diciembre de 2017.

El indiciado en calidad de agente de tránsito, constriñó a Susana Valencia para que le entregara la suma equivalente a 10 SMLMV y a cambio no le impondría un comparendo por violación a una norma de tránsito. Esta actuación se encuentra en etapa de investigación. La testigo padece de cáncer, enfermedad que ha hecho metástasis con una expectativa de vida de la paciente inferior a tres meses, por lo que resulta de extrema necesidad escuchar su declaración de manera previa, comoquiera que fue la persona que observó de forma directa y personal la conducta efectuada por el sujeto activo.

La presente solicitud se fundamenta en el artículo 284 del CPP y me permito expresarle a la judicatura que la defensa técnica tiene conocimiento de los motivos fundados y de los elementos materiales probatorios que sustentan esta intervención como son: los hechos jurídicamente relevantes, entrevista de la testigo e informe pericial emitido por el Instituto Nacional de Medicina Legal de la señora Anastasia Blanco.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta esa información?, tuvo usted conocimiento de ese material?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, corra traslado al estrado del material probatorio y continúe con su intervención.

FISCAL: de igual forma, es pertinente señalar que, en previa conversación con el referido defensor, este indicó que presentará controversia sobre la extrema necesidad y urgencia de la práctica de esta prueba testimonial.

JUEZ: señor defensor, ¿es correcta la información proporcionada por el fiscal delegado?

DEFENSOR: sí, señor.

JUEZ: señor fiscal, proceda a sustentar su posición frente al tema en controversia y luego se le concederá la palabra a la defensa en el mismo sentido.

FISCAL: (desarrolla su posición).

DEFENSOR: (desarrolla su posición).

JUEZ: bajo el entendido que (en virtud del artículo 10 de la Ley 906 de 2004) las partes pueden renunciar a la controversia, se dan por sustentados los temas sobre los que se renunció a la discusión, porque, tras revisar el material de sustento, el estrado tampoco observa inconveniente al respecto, por lo tanto, se procede a tomar decisión en el asunto…

En alianza con . . .

TRIBUNAL SUPERIOR DEL
DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA