Nos permitimos socializar las Circulares DEAJC21-26, de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y DESAJCUC20-198 de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial con el objetivo de recordar los lineamientos sobre el trámite de incapacidades y licencias médicas, reiteración de la necesidad de cumplir oportunamente con los requisitos exigidos por las EPS y ARL para el reconocimiento de las mismas y la obligación del cumplimiento de las recomendaciones médicas, por parte de los servidores judiciales.
Atentamente:
JAVIER RICARDO TARAZONA A.
Sistemas – Comunicaciones
Secretaría General – Tribunal Superior Distrito Judicial de Cúcuta
Teléfono: 5755520, Celular: 310-8648068DEAJC21-26