Nos permitimos socializar la Circular CSJNSC22-360, del Consejo Seccional de la Judicatura Norte de Santander y Arauca, por medio de la cual, se recuerda las disposiciones señaladas por el Consejo Superior de la Judicatura mediante Acuerdo PCSJA22-11972, adiado del 30 de junio de 2022, en el cual se dispuso con carácter obligatorio que se debe garantizar las actividades presenciales de los servidores judiciales en cada despacho de magistrado, juzgado, secretaría, relatoría, centros de servicios, oficina de apoyo o dependencia administrativa y la apertura de las sedes judiciales y administrativas, a partir del 5 de julio de 2022, señaló mediante Circulares CSJNSC22-143 del 1 de julio de los corrientes y CSJNSC22-162 del 13 de julio los parámetros mediante el cual frente a la prestación del servicio de administración de justicia deben acatarse.