Nos permitimos socializar el Acuerdo CSJNSA22-727, del Consejo Seccional de la Judicatura Norte de Santander, a través del cual se acuerda ASIGNAR turnos de disponibilidad para atender las acciones de Habeas Corpus de primera y segunda instancia que se presente en Cúcuta y cuya competencia sea de los Tribunales Superiores, Administrativo y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Norte de Santander
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